Este catálogo presenta un contenedor higiénico femenino con pedal para los aseos de empresas y espacios públicos. Se ofrece en azul o en blanco, con la tapa y el pedal azules, y mide 355 × 180 × 572 mm. La tapa se abre con el pedal o tirando de ella, y por dentro tiene un compartimento para una pastilla de perfume. Se vende solo el contenedor, de 22 litros, sin bolsas ni pastilla. El cuerpo es de plástico, con la superficie pulida para que se limpie con facilidad.
Qué incluye el catálogo
- Contenedor higiénico femenino con pedal, en dos acabados: azul entero, o blanco con la tapa y el pedal azules.
- Detalle de la tapa abatible, del pedal de apertura y del compartimento para el perfume.
- El contenedor colocado junto a un inodoro, en uso.
Datos técnicos
- Medidas: 355 × 180 × 572 mm (largo × ancho × alto).
- Capacidad: 22 litros.
- Apertura con pedal y tapa que también se abre tirando de ella.
- Compartimento para una pastilla de perfume en el interior de la tapa.
- Se vende solo el contenedor: sin bolsas ni pastilla de perfume.
- Cuerpo de plástico con la superficie pulida.
- Colores: azul, o blanco con la tapa y el pedal azules.
Qué tener en cuenta al importar contenedores higiénicos femeninos desde China
En España, los retretes que usan mujeres en cualquier lugar de trabajo deben tener «recipientes especiales y cerrados», según el Real Decreto 486/1997: por eso los compran empresas, hostelería y administraciones. Al importarlos, lo que hay que cuidar es la seguridad del producto, las sustancias del plástico, el embalaje y el arancel de su código.
- Quién los necesita: el anexo V del Real Decreto 486/1997 obliga a instalar recipientes especiales y cerrados en los retretes que usan mujeres, y el INSST los incluye en lo necesario cuando los aseos son de uso compartido.
- Seguridad del producto: si lo puede usar el público o se vende a particulares, se aplica el Reglamento (UE) 2023/988: documentación técnica, modelo o lote visible y los datos de contacto del importador en el producto o el embalaje (artículos 9 y 11).
- Sustancias del plástico: según el artículo 33 del Reglamento REACH, el proveedor debe informar si el artículo contiene más de un 0,1 % de una sustancia de la lista de candidatas.
- Embalaje: quien comercializa productos envasados se inscribe como productor de envases (MITECO), y el plástico no reutilizable paga un impuesto en el DUA (Agencia Tributaria).
- Arancel: como artículo de higiene de plástico, previsiblemente el código 3924 90 00, con un 6,5 % y sin antidumping para China en el TARIC. Puedes hacer la cuenta en la calculadora de costes de importación.
Qué pedir al fabricante
- El material exacto del cuerpo, la tapa y el pedal: el catálogo habla de polietileno y de polipropileno.
- El peso en vacío.
- Una declaración REACH del plástico y de los colorantes.
- Etiqueta con el modelo o el lote y sitio para tus datos de contacto.
- El peso del plástico del embalaje, para el impuesto y la declaración de envases.
- Una muestra para probar el pedal y el cierre de la tapa antes del pedido; lo vemos en control de calidad.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio tener contenedores higiénicos en los aseos de una empresa?
Sí, en los retretes que usan mujeres: el Real Decreto 486/1997 dice que en ellos «se instalarán recipientes especiales y cerrados». Si no hay retretes separados por sexo, el INSST pide pestillo interior, señal de uso compartido y contenedor higiénico en la cabina.
¿Qué arancel paga un contenedor higiénico de plástico importado de China?
Previsiblemente va en el código 3924 90 00, artículos de higiene de plástico: un 6,5 % y sin antidumping para China según el TARIC (15 de octubre de 2026). Después se suma el IVA del 21 % sobre el valor en aduana más el arancel. La clasificación final la confirma tu agente de aduanas.
¿Qué documentación debe acompañar a un contenedor higiénico importado?
La que pide el Reglamento (UE) 2023/988 si llega al público: modelo o lote visible, datos de contacto del fabricante y del importador, e instrucciones en castellano si hacen falta para usarlo con seguridad. Pide también la información REACH del plástico.
Fuentes
- Real Decreto 486/1997, sobre lugares de trabajo (BOE): recipientes especiales y cerrados en los retretes de mujeres (anexo V, A.2.7.º)
- INSST: preguntas técnicas frecuentes sobre lugares de trabajo: contenedores higiénicos en aseos de uso compartido
- Reglamento (UE) 2023/988 de seguridad general de los productos (DOUE, en BOE): obligaciones de fabricante e importador (artículos 9 y 11)
- Reglamento (CE) 1907/2006, REACH (DOUE, en BOE): información sobre sustancias en artículos (artículo 33)
- MITECO: Registro de Productores de Producto, sección envases: inscripción como productor de envases
- Agencia Tributaria: impuesto sobre envases de plástico en la aduana: liquidación en el DUA
- Comisión Europea: consulta del TARIC: arancel y medidas del código 3924 90 00 90 con origen China
Sigue explorando: catálogos de higiene · todos los catálogos